Sobre la metodología docente en la enseñanza de derecho del trabajo y de la seguridad social en el marco del espacio europeo de educación superior

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Javier Fernández-Costales Muñiz

Laburpena

El docente, a lo largo de su trayectoria universitaria, deberá hacer frente a distintas elecciones y problemas, la mayoría de los cuales vienen dados de antemano por los defectos habituales de la propia enseñanza universitaria, entre otros, cuestiones como un agobiante número de alumnos, métodos didácticos y de control de conocimientos inadecuados, hechos que se acentúan en muchas ocasiones con la aparición e implantación de los nuevos modelos de enseñanza de Grado. Las vías de las cuales dispone el profesor universitario para superar dichos problemas y alcanzar los objetivos fijados en su docencia son variados. En este contexto, la atención se esta exposición se centrará en la importancia de la asignatura Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y la forma de desarrollar su explicación en aquéllos estudios de contenido y trascendencia jurídica. 

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Artículos

Erreferentziak

SÁNCHEZ AGESTA, L.: “La investigación y los fines de la Universidad”, en AA.VV.: La Universidad actual en crisis (Antología de textos desde 1939, con introducción y selección de J. BURILLO), Madrid (Magisterio Español), 1968 ó GRAU MORANCHO, R.: “La enseñanza del Derecho del Trabajo en el primer ciclo universitario”, Revista Técnico Laboral, núm. 81, 1999, pág. 517.

HUERTAS BARTOLOMÉ, T.: “La enseñanza del Derecho del Trabajo en Facultades no jurídicas”, Revista de Trabajo y Seguridad Social, núm. 3, 1991, pág. 164 ó, en análogo sentido, MÍNGUEZ ÁLVAREZ, C.: “Investigación educativa y perfeccionamiento del profesorado”, en AA.VV.: Innovación educativa en la Universidad. Investigaciones y experiencias para mejorar la calidad de la enseñanza, Málaga (Universidad de Málaga), 1995, pág. 19.

MOORE, T. W.: Introducción a la teoría de la educación, 3ª reimpresión, Madrid (Alianza Editorial), 1987, pág. 11.

CASAS BAAMONDE, Mª. E.: “Sobre las exigencias de una metodología funcional y crítica en la enseñanza del Derecho del Trabajo”, en AA.VV.: II Jornadas Hispano-Luso-Brasileñas de Derecho del Trabajo, Madrid (MTSS), 1985, págs. 381 y ss.; HUERTAS BARTOLOMÉ, T.: “La enseñanza del Derecho del Trabajo en Facultades no jurídicas”, cit., pág. 163; ARRÚE MENDIZÁBAL, M., et alii: “La enseñanza del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en las Escuelas de Graduados Sociales”, Revista Técnico Laboral, núm. 64, 1995, págs. 289 y ss.; SASTRE IBARRECHE, R.: “La enseñanza del Derecho de la Seguridad Social en el marco de las Escuelas Universitarias de Graduados Sociales”, Revista Técnico Laboral, núm. 42, 1989, págs. 619 y ss. ó AGÍS DASILVA, M. y FITA ORTEGA, F.: “Algunas reflexiones acerca de la enseñanza del Derecho del Trabajo en las Escuelas de Relaciones Laborales”, en AA.VV.: I Jornadas sobre la Enseñanza en las Relaciones Laborales, Huelva (Universidad de Huelva), 1996, pág. 1.

COTA MOLINA, E.: Enseñanza del Derecho. Enfoque didáctico, México DF (Ángel), 2006, pág. 17.

ARRÚE MENDIZÁBAL, M., et alii: “La enseñanza del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social…”, cit., pág. 292.

Sobre la cuestión, HERNANDO MASDEU, J.: “Una perspectiva histórico-comparada de los modelos de planes de estudios de Derecho”, en AA.VV.: Enseñar Derecho en el Siglo XXI. Una guía práctica sobre el Grado en Derecho, Navarra (Aranzadi), 2009, págs. 37 y ss.

Circunstancia que ha producido “una crisis de crecimiento que se manifiesta en una desorientación de alumnos y profesores ante la nueva situación y en la inadecuación en número y contenidos formativos de diplomados y licenciados a las necesidades del mercado de trabajo”, FERNÁNDEZ-ABASCAL TEIRA, H.; FERNÁNDEZ DE LA MORA, J. y FERNÁNDEZ SANCHIDRIÁN, J. C.: “La Diplomatura de Relaciones Laborales: perfil del alumno y perspectivas profesionales”, en AA.VV. (DUEÑAS HERRERO, L. J., Dir.): I Congreso de Castilla y León sobre Relaciones Laborales, Valladolid (Lex Nova), 1999, pág. 659.

En general, respecto a dicha titulación, GALÁN GARCÍA, A. y RODRÍGUEZ-PIÑERO ROYO, M. C.: “Aproximación a la licenciatura de Ciencias del Trabajo”, Relaciones Laborales, núm. 23, 2001, págs. 147 y ss.

SANGUINETI RAYMOND, W.: “Enseñanza del Derecho del Trabajo en la Diplomatura de Relaciones Laborales”, en AA.VV. (DUEÑAS HERRERO, L. J., Dir.): I Congreso de Castilla y León sobre Relaciones Laborales, cit., pág. 867.

GALIANA MORENO, J. M.: “La deficiente planificación de la enseñanza del Derecho del Trabajo”, en AA.VV.: II Jornadas Hispano-Luso-Brasileñas de Derecho del Trabajo, cit., pág. 429.

SEMPERE NAVARRO, A. V.: “La postergación del Derecho del Trabajo en las Facultades de Derecho españolas”, en AA.VV.: II Jornadas Hispano-Luso-Brasileñas de Derecho del Trabajo, cit., pág. 484.

“Impartir docencia a alumnos procedentes de carreras distintas a la Licenciatura de Derecho es tarea harto dificultosa y compleja, pues muchas veces faltan los esquemas mentales propios de la formación jurídica, la capacidad de comprensión de las instituciones legales, incluso el vocabulario propio de cada campo profesional”, GRAU MORANCHO, R.: “La enseñanza del Derecho del Trabajo…”, cit., pág. 511.

RIVERO LAMAS, J.: “La enseñanza del Derecho del Trabajo”, en AA.VV.: II Jornadas Hispano-Luso-Brasileñas de Derecho del Trabajo, cit., pág. 351.

DÄUBLER, W.: Derecho del Trabajo, Madrid (MTSS), 1994, pág. 74.

LLORENTE GÓMEZ DE SEGURA, C.: “La lección expositiva en materias jurídicas”, en AA.VV.: Enseñar Derecho en el Siglo XXI, cit, pág. 123.

“La formación teórico-práctica aparece como prioritaria en el perfil del profesorado universitario. El dominio de la materia docente es la clave sobre la que se desarrolla nuestra actividad”, ARRÚE MENDIZÁBAL, M. et alii: “La enseñanza del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social…”, cit., pág. 289.

“Hoy día nadie discute que la formación es una necesidad permanente para cualquier individuo que se encuentre en situación de actividad, con independencia de que esté o no trabajando, al generalizarse la movilidad profesional e incrementarse los niveles de cualificación en las nuevas ocupaciones. La formación adaptada a las necesidades del mercado de trabajo aparece así como uno de los grandes retos de los jóvenes que desean incorporarse al mercado de trabajo”, ARAMBURU-ZABALA HIGUERA, L.: “Itinerarios de cualificación para los especialistas en relaciones laborales”, en AA.VV. (DUEÑAS HERRERO, L. J., Dir.): I Congreso de Castilla y León sobre Relaciones Laborales, cit., pág. 791.

GARCÍA DE ENTERRÍA, E.: “Reflexiones sobre los estudios de Derecho”, Revista de Educación, núm. 5, 1952, págs. 138 y ss.

DE ÁNGEL YAGÜEZ, R. y ZORRILLA RUIZ, M. Mª.: “Enseñanza y estudio del Derecho”, en AA.VV.: II Jornadas Hispano-Luso-Brasileñas de Derecho del Trabajo, cit., pág. 374. La “enseñanza magistral” ha sido “censurada como transmisión unilateral de conocimientos y supresión de todo aparato crítico”, ZORRILLA RUIZ, M. Mª.: Transformaciones del Derecho Social, Bilbao (Universidad de Deusto), 1984, pág. 9.

ARRÚE MENDIZÁBAL, M., et alii: “La enseñanza del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social…”, cit., pág. 299.

LÓPEZ-ROMERO GONZÁLEZ, Mª. P.: “Aspectos pedagógicos en relación a las asignaturas de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, impartidas en las Escuelas Universitarias de Relaciones Laborales: métodos, evaluación, problemas y visión de futuro”, en AA.VV. (DUEÑAS HERRERO, L. J., Dir): I Congreso de Castilla y León sobre Relaciones Laborales, cit., pág. 848.

Sobre el papel de los manuales, CINELLI, M.: “L’insegnamento del Diritto del Lavoro e i manuali nell’opinione dei protagonisti”, Revista Internacional de Derecho Laboral, núm. 4, 1989, págs. 213 y ss.

ARRÚE MENDIZÁBAL, M., et alii: “La enseñanza del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social…”, cit., pág. 299.

BLANCO GARCÍA, N. y FUENTES REBOLLO, Mª. J.: “Investigar para mejorar la práctica docente: una experiencia de colaboración en la Universidad”, en AA.VV.: Innovación educativa en la Universidad. Investigaciones y experiencias para mejorar la calidad de la enseñanza, Málaga (Universidad de Málaga), 1995, pág. 52.

Sin perjuicio, por supuesto, de repeticiones que permitan a éste tomar nota de las ideas básicas, para cuya profundización será preciso acudir a manuales o estudios especializados, complemento imprescindible del estudio. ARRÚE MENDIZÁBAL, M., et alii: “La enseñanza del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social…”, cit., pág. 300.

PEREIRA DONATO, M.: “La enseñanza del Derecho del Trabajo”, en AA.VV.: II Jornadas Hispano- Luso-Brasileñas de Derecho del Trabajo, cit., pág. 298.

MOLINA NAVARRETE, C.: “El status científico ‘post-positivista’ del jurista del trabajo y el interrogante sobre la condición de ‘positividad’ de su ‘nuevo’ Derecho”, Revista Española de Derecho del Trabajo, núm. 83, 1997, pág. 346.

Pues en todo caso procede evitar caer en lo meramente “anecdótico”, ZORRILLA RUIZ, M. Mª.: Transformaciones del Derecho Social, cit., pág. 10.

AGÍS DASILVA, M. y FITA ORTEGA, F.: “Algunas reflexiones acerca de la enseñanza del Derecho del Trabajo en las Escuelas de relaciones Laborales”, en AA.VV.: I Jornadas sobre la enseñanza en las Relaciones Laborales, cit., págs. 10 y 11.

ICHINO, P.: Esercitazioni di Diritto del Lavoro, 2ª ed., Milán (Giuffré), 1992, pág. XIV.

ARRÚE MENDIZÁBAL, M., et alii: “La enseñanza del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social…”, cit., pág. 299.

GORDILLO, A.: El método en Derecho: aprender, enseñar, escribir, crea, hacer, Madrid (Civitas), 1988, pág. 200.

CASAS BAAMONDE, Mª. E.: “Sobre las exigencias de la metodología funcional y crítica en la enseñanza del Derecho del Trabajo”, en AA.VV.: II Jornadas Hispano-Luso-Brasileñas de Derecho del Trabajo, cit., pág. 383.

ALARCÓN CARACUEL, M. R.: “La enseñanza práctica del Derecho del Trabajo”, en AA.VV.: II Jornadas Hispano-Luso-Brasileñas de Derecho del Trabajo, cit., págs. 357.

A través de la “combinación del sistema y los conceptos científicos con la exposición de los datos legales, jurisprudenciales, etc., cuya aplicación requerirá la práctica jurídica”, MONTOYA MELGAR, A.: “Sobre el Derecho del Trabajo y su ciencia”, Revista Española de Derecho del Trabajo, núm. 58, 1993, págs. 174 y 185.

WISE, E. M.: “The doctrine of stare decesis”, Wayne Law Review, núm. 21, 1975, págs. 1044-1055 ó ATIYAH, P.S. y SUMMERS, R.S.: Form and sustance in Anglo-American Law, Oxford (Clarendon Paperbacks), 1987, págs. 115 y ss.

ALARCÓN CARACUEL, M. R.: “La enseñanza práctica del Derecho del Trabajo”, en AA.VV.: II Jornadas Hispano-Luso-Brasileñas de Derecho del Trabajo, cit., pág. 358.

MUÑOZ MOLTÓ, M.: “Comunicación sobre la Seguridad Social (módulo práctico)”, en AA.VV.: I Jornadas sobre la Enseñanza en las Relaciones Laborales, cit., pág. 2.

ARRÚE MENDIZÁBAL, M., et alii: “La enseñanza del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social…”, cit., pág. 300.

Sobre las dificultades de su armonización, MARTÍNEZ ABASCAL, V.; PÉREZ AMORÓS, F. y ROJO TORRECILLA, E.: Materiales para clases prácticas de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Barcelona (Universidad/Facultad de Derecho), 1984, pág. 5.

LAPORTA, F. J.: “Notas sobre el estudio y la enseñanza del Derecho”, Sistema, núms. 24/25, 1978, págs. 111 y ss.

TEJERA GARCÍA, Mª. S.: “Una visión particular sobre la enseñanza teórica del Derecho del Trabajo”, en AA.VV.: I Jornadas sobre la Enseñanza en las Relaciones Laborales, cit., pág. 12.

Conviene recordar el carácter plural de las soluciones, al existir diversas respuestas válidas siempre y cuando sean jurídicamente razonables. PÉREZ DE LOS COBOS ORIHUEL, F.: “Algunas reflexiones metodológicas sobre las investigación del iuslaboralista”, Revista Española de Derecho del Trabajo, núm. 68, 1994, pág. 882 ó MONTOYA MELGAR, A.: “Sobre el Derecho del Trabajo y su ciencia”, cit., pág. 178.

CASTAÑÓN ÁLVAREZ, Mª. J.: “Herramientas alternativas al aula”, en AA.VV.: Enseñar Derecho en el Siglo XXI cit., pág. 145.

GOÑI RODRÍGUEZ DE ALMEIDA, M.: “La elaboración de un trabajo de investigación y el análisis de jurisprudencia”, en AA.VV.: Enseñar Derecho en el Siglo XXI, cit., págs. 155 y ss.

ARRÚE MENDIZÁBAL, M., et alii: “La enseñanza del Derecho del Trabajo y de la seguridad Social…”, cit., pág. 301.

Sobre la cuestión, GONZÁLEZ MONTES, J. L.: “Consideraciones en torno al método de enseñanza en las Facultades de Derecho”, en AA.VV.: I Jornadas sobre la enseñanza del Derecho, Madrid (MEC), 1982, pág. 40.

No falta quien ha señalado, por contra, el “poco esmerado coloquialismo de las clases reducidas, donde, con frecuencia, la idea de comunicación cede su lugar a familiaridades escasamente constructivas”, DE ANGEL YAGÜEZ, R. y ZORRILLA RUIZ, M. Mª: “Enseñanza y estudio del Derecho”, en AA.VV.: II Jornadas Hispano-Luso-Brasileñas de Derecho del Trabajo, cit., pág. 377.

LÓPEZ-ROMERO GONZÁLEZ, Mª. P.: “Aspectos pedagógicos en relación a las asignaturas de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social…”, cit., pág. 854 ó ARRÚE MENDIZÁBAL, M., et alii: “La enseñanza del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social…”, cit., pág. 301.

URRUTIKOETXEA BARRUTIA, M.: “Consideraciones en torno al curriculum…”, cit., pág. 26.

En general, PALLARÉS MOLINS, E.: Mejora tu modo de estudio, 3ª ed., Bilbao (Mensajero), 1984.